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U$D 1.900.000

Lote EN VENTA

RUTA 104 - La Barra, Maldonado

Terreno en Venta en La Barra, Maldonado

Venta de IMPORTANTE fracción apta para desarrollar Bloque Bajos. Esta formada por un conjunto de lotes que suman 6.707 M2 y ubicada a solo metros del mar en la primer Manzana de El Chorro (luego de Manantiales) que es de forma triangular; la fracción tiene un frente de 75 mts al Oeste sobre la RUTA 104 y otro frente de 77,5 mts al Sureste a la calle que separa las dos localidades catastrales (ver plano publicado). Normativa de Edificación (resumida para este caso). Artículo D.266.  Zona 1.4 Barrio Jardín 1. Subzona 1.4.1 Costanera Norte: Comprende los predios urbanos y suburbanos ubicados al Norte de la Ruta 10, que guarden la condición de frentista a la mencionada ruta y se implanten entre: 1) el límite Este del Fraccionamiento San Carlos hasta ambas aceras de la Ruta 104, hasta calle Las Pindó por el margen Oeste de Ruta 104 y Avenida Las Ballenas por el margen este de Ruta 104, exceptuando los padrones pertenecientes a las Zonas 1.2 y 1.3. En todos los casos, el bloque deberá ubicarse dentro de una faja de 50 mts medidos a partir del límite de propiedad. Normas Especiales: Subzona 1.4.1 Costanera Norte: Se autorizan Bloques Bajos. Los bloques deberán proyectarse normalmente a la Ruta 10 en un 100% de desarrollo de fachada por encima de la Planta Baja y sus proyecciones distar 8 mts entre sí. En conjuntos de Bloques la separación mínima entre edificios es de 8 mts. Los Bloques, incluidos sus balcones, terrazas, salientes y basamentos deberán estar incluidos en una circunferencia de diámetro igual a 42,5 mts y no podrán superar los 900 M2 de planta. Dimensiones mínimas de predios: - Edificación Baja: Área 2000 M2 por cada edificación y frente de 30 mts. - Bloque Bajo:    Para 9 mts de altura: Área 1.200 M2 o inferior para manzana entera.                              Para 12 mts de altura: Área 2.000 M2 y frente de 30 mts. - Conjunto de Bloques: Área 1500 M2 por bloque y 30 mts de frente por bloque. - Conjunto de unidades locativas aisladas o apareadas: Área 1000 M2 por unidad o par. e) Retiros mínimos: Frontales:  - 10 mts para Bloques Bajos y Edificación Baja sobre Ruta 10. - 6 mts para Bloques Bajos y Edificación Baja en calles transversales.                      - 6 mts. sobre Ruta 10 y predios fiscales, para el resto de las edificaciones.  - 4 mts en el resto de los casos. El último piso deberá galibarse sobre Retiro Frontal. Laterales: - Bloques Bajos: 3 mts debiendo la suma de los laterales ser superior a 8 mts.  De fondo: - Bloques Bajos: 4 mts. f) Altura máxima: - Bloques Bajos:        9 mts (PB+PA+PH) Área por predio de 1200 M2 o inferior p/manzana entera.     12 mts (PB+2PA+PH) Área por predio de 2000 M2 o superior. g) Para la ocupación de solares con área superior a 1000 M2 regirán los siguientes parámetros:       F.O.S.SS: 25%;      F.O.S: 25%;       F.O.S.V: 50%.        Bloque Bajo: F.O.T: 70%. XINTEL(ATM-AT1-7252)