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Descripcion
¿Buscas una inversión con un precio de entrada imbatible? Te presentamos esta pequeña casita de 1962 en el pintoresco Poblado de Corias, a un paso del majestuoso Parador Nacional de Cangas del Narcea. Es perfecta para quienes buscan crear un refugio a su medida o una inversión con alta rentabilidad en una zona muy demandada y con encanto del concejo.~~**DATOS CLAVE DE LA PROPIEDAD:**~Precio imbatible: 20.000 ? (¡sí, has leído bien!). Ideal para inversores al contado.~Distribución: 50 m2 construidos con salón, cocina, comedor, 2 habitaciones y 1 baño.~Exterior: Parcela rústica de 101 m2 frente a la casa, ideal para terraza y disfrutar de vistas y tranquilidad.~Estado (reforma integral): Requiere rehabilitación total; la ampliación presenta daños estructurales y necesita intervención profesional.~Gastos: IBI anual de solo 38,42 ?.~Eficiencia energética: G (Consumo: 601,4 kWh/m2 año | Emisiones: 101,9 kgCO?/m2 año).~Sin aparcamiento.~Ubicación estratégica: En Corias, rodeado de naturaleza, patrimonio y esencia de Cangas del Narcea.~~Importante: Por su situación documental, la operación está orientada a compradores sin financiación hipotecaria. Si tienes visión de inversor y no te asustan las reformas, esta puede ser tu oportunidad.~~~En cumplimiento de las obligaciones de información previstas en la Ley 10/2025, de 28 de diciembre, de ~servicios de atención a la clientela y transparencia, así como en la normativa sectorial vigente, se hace ~constar que el precio indicado no incluye los gastos e impuestos inherentes a la adquisición, los cuales se ~desglosan a continuación:~? Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo impositivo vigente en la ~Comunidad Autónoma de Galicia (generalmente el 8% (CÁLCULO ___), sin perjuicio de tipos ~reducidos del 7,%, 6%, 4%, 3%, aplicables según las circunstancias personales del comprador o ~las características del inmueble. El impuesto se devenga sobre el Valor de Referencia de Catastro ~o el precio de venta, aquel que resulte superior.~? Gastos de Notaría: Los honorarios notariales se calcularán conforme al arancel oficial regulado ~en el Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel ~Notarial.~? Gastos de Registro: La inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el arancel ~oficial establecido en el ANEXO I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que ~se aprueba el arancel Notarial.~? Gastos de gestión (gestoría): Los gastos derivados de la tramitación administrativa de la ~compraventa, incluyendo la presentación y liquidación de impuestos y la inscripción en el Registro ~de la Propiedad, serán asumidos por la parte compradora, en caso de que decida encargar ~dichos trámites a un profesional, siendo su importe variable en función del profesional o entidad ~designada para su realización.~? Honorarios Agencia del comprador: Se informa que eventualmente, podrían existir honorarios ~profesionales a cargo del adquirente, en aquellos casos, en que se hubieran contratados servicios ~de encargo de compra (PSI), Personal Shopper Inmobiliario. NO VINCULADOS AL PRECIO DE ~COMPRA.~Para una información exhaustiva sobre el funcionamiento, tipos impositivos y bonificaciones del ITP en el ~Principado de Asturias puede consultar el portal oficial de los Servicios Tributarios del Principado de ~Asturias en el siguiente enlace:~https://sede.tributasenasturias.es/sites/sede/default/es_ES/Que-quieres-hacer/TransmisionesPatrimoniales-y-AJD~
