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Descripcion
Parcela de terreno urbano no consolidado de morfología trapezoidal plana.~ Tiene una superficie bruta de 2.404 m2 y neta de 2.275 m2, una vez cedidos 128 m2 en su fachada Sur, con una ocupación máxima del 40%, una edificabilidad permitida de 3,60 m³ techo/m2 suelo y una altura máxima de 9 metros.~ En lo que respecta a retranqueos a viales y linderos, el límite de la edificación a carretera y autopista es de 50 metros más 3 metros o 6 metros si es nave industrial. Al resto de linderos 3 metros y 6 metros en naves industriales.~ Como conclusión, una vez aplicadas las limitaciones que marca la ordenanza municipal, la superficie ocupable retranqueada es de 740 m2.~ Se admite todo tipo de vivienda, comercio, industria de servicios, hostelería, talleres mecánicos de servicio de carretera, almacenes e industria en general, espectáculos y salas de fiesta, así como toda aquella instalación de carácter agropecuario no molesta o peligrosa, propia de las zonas contiguas.~ Situada en el Oeste del término municipal, junto a la autopista AP7 y alejada 6 kilómetros del casco urbano y zona de servicios.~~(*) Cláusula de Transparencia y Desglose de Gastos~~En cumplimiento de las obligaciones de información previstas en la Ley 10/2025, de 28 de diciembre, de servicios de atención a la clientela y transparencia, así como en la normativa sectorial vigente, se hace constar que el precio indicado no incluye los gastos e impuestos inherentes a la adquisición, los cuales se desglosan a continuación:~- Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo impositivo vigente en la Comunidad Valenciana, generalmente el 10%, sin perjuicio de tipos reducidos aplicables según las circunstancias personales del comprador o las características del inmueble. El impuesto se devenga sobre el Valor de Referencia Catastral o el precio de venta, aquel que resulte superior.~Para una información exhaustiva sobre el funcionamiento, tipos impositivos y bonificaciones del ITP, puede consultar el portal oficial de la Agencia Tributaria autonómica en el siguiente enlace: www.atv.gva.es/es/itpajd.~- Gastos de Notaría: Los honorarios notariales se calcularán conforme al arancel oficial regulado en el Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial.~- Gastos de Registro: La inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el arancel oficial establecido en el Anexo I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.~- Gastos de Gestión: Los honorarios por la tramitación administrativa, liquidación de impuestos e inscripción registral, en el supuesto de ser a cargo de la agencia inmobiliaria, ascienden a 302,50 ? (IVA incluido).~- Honorarios Agencia del Vendedor: incluidos en el precio publicado.~- Honorarios Agencia del Comprador: Se informa que eventualmente podrían existir honorarios profesionales a cargo del adquirente, en aquellos casos en que se hubieran contratado previamente los servicios específicos del encargo de compra y en ningún caso estarán vinculados al precio.
