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Descripcion
¿Buscas una excelente oportunidad de inversión o un solar listo para desarrollar una promoción residencial? Te presentamos este solar urbano situado en el Pago de La Viñana, en Molvízar, destinado a la construcción de Viviendas de Protección Pública (VPP).~~Con una superficie de 112,71 m2, la parcela ofrece unas condiciones urbanísticas muy interesantes para la promoción de viviendas, tanto en tipología aislada como adosada.~~Características urbanísticas:~~Parcela de 112,71 m2.~Uso: Residencial.~Destinado a la construcción de Viviendas de Protección Pública (VPP).~Posibilidad de edificación aislada y/o adosada.~Altura máxima permitida: Planta Baja + 1 Planta (PB + 1).~Edificabilidad: 1,80 m2/m2 sobre parcela neta.~Ocupación máxima: 100% en planta baja y 80% en planta primera.~~Ubicado en una zona tranquila y bien comunicada de Molvízar, este solar representa una magnífica oportunidad para promotores, constructores o inversores que deseen desarrollar un proyecto residencial con una excelente relación entre edificabilidad y superficie.~~Si desea más información sobre la normativa urbanística o concertar una visita, no dude en ponerse en contacto con nosotros. Estaremos encantados de asesorarle.~~Cláusula de Transparencia y Desglose de Gastos (Ley 10/2025)~En cumplimiento de las obligaciones de información previstas en la Ley 10/2025, de 28 de diciembre, de servicios de atención a la clientela y transparencia, así como en la normativa sectorial vigente, se hace constar que el precio indicado no incluye los gastos e impuestos inherentes a la adquisición, los cuales se desglosan a continuación:~? Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo impositivo vigente en la Comunidad Autónoma de Andalucía (generalmente el 7% ( 2.450?), sin perjuicio de tipos reducidos del 3,5%, 1,2% o 1% aplicables según las circunstancias personales del comprador o las características del inmueble). El impuesto se devenga sobre el Valor de Referencia de Catastro o el precio de venta, aquel que resulte superior.~? Gastos de Notaría: Los honorarios notariales se calcularán conforme al arancel oficial regulado en el Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial. Aproximadamente 600? (IVA incluido).~? Gastos de Registro: La inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el arancel oficial establecido en el ANEXO I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial. Aproximadamente 400? (IVA incluido).~? Gastos de Gestión (Gestoría): Los honorarios por la tramitación administrativa, liquidación de impuestos e inscripción registral ascienden a 121? (IVA incluido).~? Honorarios Agencia del comprador: Se informa que los honorarios profesionales a cargo del adquirente no están incluidos en el precio. Es un 2,5% del precio de compra más IVA (2.500? + 525? de IVA = 3.025Euros).~Para una información exhaustiva sobre el funcionamiento, tipos impositivos y bonificaciones del ITP en Andalucía, puede consultar el portal oficial de la Agencia Tributaria de la Junta de Andalucía en el siguiente enlace:~https://www.juntadeandalucia.es/organismos/economiahaciendayfondoseuropeos/areas/tributos-juego/tributos/paginas/impuestos-cedidos-transmisiones.html;~~
