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Descripcion
¡Tu nuevo hogar te espera en la zona de Cortijo Vides!~~Te presentamos esta magnífica vivienda ubicada en una de las zonas más prácticas y demandadas de Cortijo Vides, con una excelente ubicación y proximidad a todo tipo de servicios: supermercados, centros educativos, transporte público, zonas verdes y comercios, para que disfrutes de la comodidad de tener todo al alcance de la mano.~~La vivienda se distribuye de forma funcional y acogedora, ofreciendo:~~3 dormitorios, entre ellos una amplia habitación principal.~1 baño completo.~1 aseo de cortesía.~Cocina independiente totalmente equipada y amueblada, ideal para quienes valoran un espacio práctico y bien diferenciado.~Luminoso salón-comedor con acceso directo a una agradable terraza, perfecta para disfrutar de momentos al aire libre.~Uno de los aspectos más destacados de esta propiedad es su excelente estado de conservación, lo que permite entrar a vivir sin necesidad de realizar grandes reformas. Su cuidada distribución, la luminosidad de sus estancias y el buen mantenimiento convierten esta vivienda en una opción ideal tanto para familias como para quienes buscan una inversión segura.~~Si buscas un piso cómodo, bien ubicado y listo para convertirse en tu nuevo hogar, esta es una oportunidad que no puedes dejar escapar.~~Operación sujeta a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero que en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en el Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.~- El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3,5% del precio de la compraventa, más IVA del 21%.~- Los gastos aproximados de Notaría y Registro se cifran en unos 2.000? (precio orientativo), el importe exacto dependerá del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría, y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.~- En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.~- Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación, y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.
