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Descripcion

Se ofrece en traspaso una tintorería con aproximadamente 40 años de historia y un sólido reconocimiento dentro de la comunidad de Las Rozas. ~~Este negocio representa una excelente oportunidad para emprendedores , ya que incluye toda la maquinaria necesaria para operar eficientemente, así como personal capacitado listo para continuar las operaciones sin interrupciones. ~~Además, el traspaso contempla acceso a una valiosa base de datos compuesta por clientes leales y proveedores establecidos, garantizando continuidad comercial desde el primer día.~~También se incluyen activos tales como inventario actual y rótulos publicitarios utilizados por el negocio.~~Traspaso por sólo 20.000 ?!~~Los interesados podrán obtener información detallada sobre suministros esenciales necesarios para su funcionamiento diario e incluso pólizas de seguros vigentes que brindan seguridad operativa inmediata.~~Aprovecha esta oportunidad única ubicada dentro de un reconocido centro comercial, adquiere este activo tangible consolidado dentro del mercado local! ~~No dudes en solicitar más información y venir a visitarlo!~~En cumplimiento del art.20 de la Ley General para la defensa de los consumidores y usuarios (modificado por la Ley 10/2025), se informa que el PRECIO MENSUAL OFERTADO DE RENTA DEL INMUEBLE es: 1.795? no incluye gastos e impuestos inherentes a la formalización del contrato de arrendamiento de uso distinto de vivienda, los cuales se enumeran a continuación correspondiendo al inquilino/arrendatario~~~(I) IMPUESTOS: Impuesto del Valor Añadido (IVA): El arrendador emitirá una factura mensual por la renta fijada, incrementada con la aplicación del tipo correspondiente. El tipo de IVA será, con carácter general, del 21%. ~~*Los impuestos, tasas, contribuciones y demás cargas correspondientes al negocio y/o actividad, son de exclusiva cuenta y cargo del arrendatario. ~~(II) GASTOS: Arrendador y arrendatario podrán pactar que los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan al inmueble arrendado o a sus accesorios, sean a cargo del arrendatario. Este pacto deberá constar por escrito y determinar el importe anual de dichos gastos a la fecha del contrato. Los que se individualizan por aparatos contadores serán del arrendatario. ~~(III) Honorarios de la agencia inmobiliaria: El arrendatario tendrá que abonar a la firma del contrato la factura correspondiente a una mensualidad finalmente pactada, más IVA del 21% aplicado al importe de la mensualidad.~~