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Descripcion

Se ofrece solar de uso terciario?comercial en Firgas (Las Palmas), con una superficie de 1.000 m2 y una edificabilidad estimada de 1.000 m2, lo que permite el desarrollo de un proyecto ajustado, eficiente y alineado con la normativa urbanística vigente. La finca cuenta con pleno dominio (100 % de la propiedad), aspecto clave para una transmisión directa y sin complejidades jurídicas.~~El suelo tiene la condición de solar, dado que en el ámbito se están concediendo licencias de edificación simultáneas a las obras de urbanización, lo que reduce de forma significativa los plazos de puesta en carga del activo y mejora la viabilidad temporal de la inversión. Esta circunstancia lo convierte en una oportunidad especialmente atractiva para promotores e inversores que buscan minimizar riesgos administrativos y acelerar el inicio de obra.~~Por su tipología comercial, el activo es idóneo para el desarrollo de usos terciarios compatibles con la demanda local (servicios, comercio de proximidad, oficinas o equipamientos privados), en un entorno con potencial de captación de usuarios y escasa oferta comparable. Una oportunidad clara para inversión patrimonial o desarrollo con enfoque de rentabilidad a medio y largo plazo.~ *Compraventa: En segundas transmisiones, el comprador abonará el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), cuyo tipo general en Canarias es del 6,5% sobre la mayor de estas bases: precio de compraventa, tasación o valor de referencia catastral. Los gastos de notaría y registro (desde aprox. 700 ?, según aranceles) y, en su caso, los derivados de la financiación (tasación, gestoría, condiciones y costes bancarios, entre otros), serán a cargo del comprador conforme a la normativa aplicable. El comprador elige libremente notario. El vendedor asumirá los gastos que legalmente le correspondan, salvo pacto en contrario. No se incluyen en el precio otros gastos o tributos que correspondan al comprador. Los honorarios de intermediación inmobiliaria son a cargo del vendedor. Consultar las condiciones concretas según las circunstancias personales y el régimen fiscal aplicable.~*Alquileres: La renta no incluye impuestos ni otros gastos. El arrendatario abonará la mensualidad en curso, la fianza legal y, en su caso, las garantías adicionales pactadas. Los suministros y los gastos de alta o cambio de titularidad serán por cuenta del arrendatario, salvo pacto en contrario. Consultar las condiciones según la solvencia económica y las circunstancias particulares de la operación.