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Descripcion

Venta Masía en el Parque Natural del Garraf.~ ~ A escasos 10 km de Sitges se encuentra esta Finca unica y singular situada en zona de equipamientos y amplitud de posibilidades dentro de una parcela que puede llegar a los 18.000 m2.~ ~ En la masia principal ubicada en una finca de 5.175 se encuentra que junto con el restoa en un entorno unico por su tranquilidad y está bien comunicada.~ ~ Se compone de una finca principal de 1795 pero restaurada.~ La propiedad dispone de piscina, zona de cuadra de caballos (hipica), tenis, paddle...~ ~ Tiene los permisos para explotación de para explotació Casa Rural y multitud de posibilidades.~~~ ~NOTA :~?En el precio de venta están incluidos los honorarios de la agencia inmobiliaria, pero no incluye impuestos ni gastos que conllevan la escritura, por lo que se debe añadir a la compra en viviendas de segunda mano el ITP, en viviendas de Obra Nueva el IVA y AJD y en ambos casos los honorarios de notaría y registro.~~Los precios de la oferta pueden ser modificados o darse de baja sin previo aviso y todos los datos expuestos son meramente orientativos.?~~RUSTIC SITGES tenemos como objetivo poder acompañarte de principio a fin en la fantástica aventura de encontrar tu futuro hogar, tu lugar de descanso o una inversión, no te sientas solo con todos los trámites y tengas un referente para darte la respuesta a las dudas que surgen y tenga cura de tus necesidades para que sea todo el proceso de compra-venta lo más cómodo y seguro para ti.~
INFORMACIÓN ADICIONAL: En cumplimiento de las obligaciones de información previstas en la Ley 10/2025, de 28 de diciembre, de servicios de atención a la clientela y transparencia, así como en la normativa sectorial vigente, se hace constar que el precio indicado NO INCLUYE los gastos e impuestos inherentes a la adquisición, los cuales se desglosan a continuación:

? Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo impositivo vigente en la Comunidad Autónoma de Cataluña (Valor del Inmueble hasta 600.000? = 10% (15.000?) , de 600.001? a 900.000? = 11%, de 900.000? a 1.500.000? = 12%, más de 1.500.000? = 13%), sin perjuicio de los tipos reducidos del 5%, y el 7%, aplicables según las circunstancias personales del comprador o las características del inmueble). El impuesto se devenga sobre el Valor de Referencia de Catastro o el precio de venta, aquel que resulte superior.

Para una información exhaustiva sobre el funcionamiento, tipos impositivos y bonificaciones del ITP en Cataluña, puede consultar el portal oficial de la Agencia Tributaria de la Agencia Tributaria Catalana, en el siguiente enlace: https://atc.gencat.cat/es/tributs/itpajd/tpo/tarifes-tipus/

? Gastos de Notaría: Los honorarios notariales se calcularán conforme al arancel oficial regulado en el Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial.

? Gastos de Registro: La inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el arancel oficial establecido en el ANEXO I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial.

? Gastos de Gestión (Gestoría): Los honorarios por la tramitación administrativa, liquidación de impuestos e inscripción registral, según las tarifas del profesional interviniente.

Los gastos derivados de la compraventa (Notaría, Registro de la Propiedad y Gestoría), se estiman orientativamente entre el 1% y el 3% del precio de venta, en función de los aranceles oficiales y el profesional elegido.
? Honorarios Agencia del Vendedor: incluidos en el PVP.