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Descripcion

Se ofrece magnífico terreno de 3.200 m2 situado en el término municipal de Guadalcázar, en un entorno tranquilo y con excelente acceso, a tan solo 20 minutos de Córdoba capital.~~La finca cuenta con una superficie amplia y versátil, dentro de cuyos linderos se encuentran diversas construcciones e instalaciones que aportan un gran valor añadido. Dispone de un caserío, ideal tanto para uso residencial como para rehabilitación con fines turísticos o rurales. Además, incluye dos pozos, lo que garantiza un suministro de agua propio, así como un centro de transformación de energía eléctrica, aportando infraestructura energética ya disponible en la parcela.~~En el exterior, la propiedad ofrece una agradable zona de piscina con jardín, perfecta para el disfrute y el ocio, rodeada de un entorno natural que proporciona privacidad y tranquilidad.~~Se trata de una oportunidad excelente tanto para uso particular como para inversión, gracias a su ubicación estratégica, su dotación de recursos y el potencial de desarrollo que ofrece.~~Cláusula de Transparencia y Desglose de Gastos (Ley 10/2025)~PRECIO DE VENTA + GASTOS~En cumplimiento de las obligaciones de información previstas en la Ley 10/2025, de 28 de diciembre, de servicios de atención a la clientela y transparencia, así como en la normativa sectorial vigente, se hace constar que el precio indicado no incluye los gastos e impuestos inherentes a la adquisición, los cuales se desglosan a continuación:~* Honorarios Agencia del comprador: 2 % del precio final de venta más el 21% de IVA (con un mínimo de 3.500 ? más el 21% de IVA).~* Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo impositivo vigente en la Comunidad Autónoma de Andalucía (generalmente el 7%, sin perjuicio de tipos reducidos del 3,5%, 1,2% o 1% aplicables según las circunstancias personales del comprador o las características del inmueble). El impuesto se devenga sobre el Valor de Referencia de Catastro o el precio de venta, aquel que resulte superior.~* Gastos de Notaría: Los honorarios notariales se calcularán conforme al arancel oficial regulado en el Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial.~* Gastos de Registro: La inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el arancel oficial establecido en el ANEXO I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial.~* Gastos de Gestión (Gestoría): Los honorarios por la tramitación administrativa, liquidación de impuestos e inscripción registral ascienden a [600 aprox.] ? (IVA incluido).~Para una información exhaustiva sobre el funcionamiento, tipos impositivos y bonificaciones del ITP en Andalucía, puede visitar la página:~https://www.juntadeandalucia.es/organismos/economiahaciendayfondoseuropeos/areas/tributos-juego/tributos/paginas/impuestos-cedidos-transmisiones.html~