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Descripcion
Se traspasa local de restauración ubicado en Leganés. ~~Este establecimiento se encuentra en funcionamiento y ofrece una excelente visibilidad gracias a su ubicación estratégica dentro del corazón de la zona gastronómica del centro comercial. ~~Con un acceso directo desde el metro y con respaldo de la franquicia más antigua de España, esta es una oportunidad ideal para emprendedores o inversores interesados en el sector food service.~~El local cuenta con 50 m2 construidos distribuidos eficientemente entre dos estancias y un aseo completo. ~~En buen estado y listo para operar, presenta características que lo hacen atractivo: fachada amplia de 6 metros lineales que proporciona gran exposición al público; equipamiento moderno incluyendo calefacción, aire acondicionado según normativa vigente e instalación completa para cocina.~~Adicionalmente dispone sistemas avanzados como alarma conectada y circuito cerrado de seguridad garantizando así tanto funcionalidad como protección.~~Esta propiedad representa no solo un negocio rentable sino también una inversión segura dada su ubicación privilegiada dentro uno los centros comerciales más concurridos.~~No dudes en pedir más información e ir a visitarlo!~~En cumplimiento del art.20 de la Ley General para la defensa de los consumidores y usuarios (modificado por la Ley 10/2025), se informa que el PRECIO MENSUAL OFERTADO DE RENTA DEL INMUEBLE es: 2.000? no incluye gastos e impuestos inherentes a la formalización del contrato de arrendamiento de uso distinto de vivienda, los cuales se enumeran a continuación correspondiendo al inquilino/arrendatario~~~(I) IMPUESTOS: Impuesto del Valor Añadido (IVA): El arrendador emitirá una factura mensual por la renta fijada, incrementada con la aplicación del tipo correspondiente. El tipo de IVA será, con carácter general, del 21%. ~~*Los impuestos, tasas, contribuciones y demás cargas correspondientes al negocio y/o actividad, son de exclusiva cuenta y cargo del arrendatario. ~~(II) GASTOS: Arrendador y arrendatario podrán pactar que los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan al inmueble arrendado o a sus accesorios, sean a cargo del arrendatario. Este pacto deberá constar por escrito y determinar el importe anual de dichos gastos a la fecha del contrato. Los que se individualizan por aparatos contadores serán del arrendatario. ~~(III) Honorarios de la agencia inmobiliaria: El arrendatario tendrá que abonar a la firma del contrato la factura correspondiente a una mensualidad finalmente pactada, más IVA del 21% aplicado al importe de la mensualidad.~
