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Descripcion
Se alquila local comercial de 90 m2 acondicionado como peluquería en 1ª planta con ascensor. Ubicado en el Carrer Nou, a escasos metros de la Rambla. Espacio totalmente reformado, con instalaciones modernas y listo para entrar a trabajar.~~DISTRIBUCIÓN Y ESPACIOS:~Zona de trabajo central: Capacidad para 6 clientes simultáneos.~~Zona de lavado: Área independiente y exclusiva.~~Zona de secado: Espacio diferenciado para 2-3 puestos.~~Recepción: Con área de espera (sofá) y zona de colgadores.~~Aseo: Lavabo práctico y funcional.~~Pantallas digitales para promociones~~Zona técnica (trasera): Almacén, pica y termos de agua.~~CALIDADES:~Suelos porcelánicos y paredes con aplacados de travertino.~~Aire acondicionado por conductos.~~Completamente equipado y con acabados de calidad.~~Local operativo desde el primer día, ideal para profesionales que busquen una ubicación estratégica sin necesidad de reformas.~En cumplimiento del art. 20 de la Ley General para la defensa de los consumidores y usuarios (modificado por la Ley 10/2025), se informa que el PRECIO MENSUAL OFERTADO DE RENTA DEL INMUEBLE es: 1.200-? no incluye gastos e impuestos inherentes a la formalización del contrato de arrendamiento de uso distinto de vivienda, correspondiendo al inquilino/arrendatario: ~~(I)IMPUESTOS: Impuesto de Valor Añadido (IVA): El arrendador emitirá una factura mensual por la renta fijada, incrementada con la aplicación del tipo correspondiente. El tipo de IVA será, con carácter general, del 21%. ~~*Los impuestos, tasas, contribuciones y demás cargas correspondientes al negocio y/o actividad, son de exclusiva cuenta y cargo del arrendatario. ~~(II)GASTOS: Arrendador y arrendatario podrán pactar que los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan al inmueble arrendado o a sus accesorios, sean a cargo del arrendatario. Este pacto constará por escrito y determinando el importe anual de dichos gastos. Los que se individualizan por aparatos contadores serán del arrendatario. ~~(III)Honorarios de la agencia inmobiliaria: El arrendatario tendrá que abonar a la firma del contrato, la factura correspondiente a una mensualidad del arrendamiento más el IVA correspondiente del 21% . ~~? Contactanos para visitar
