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Descripcion

magnífica nave industrial situada en el Polígono Ronda Oeste, una de las zonas industriales más demandadas y mejor comunicadas de Jerez, ideal tanto para negocio propio como inversión.~~La nave cuenta con aproximadamente 250 m2 construidos y destaca por su gran altura, ofreciendo la posibilidad de realizar una entreplanta para ampliar superficie destinada a oficinas, almacenaje o zona de trabajo.~~Ubicada en esquina dentro de un recinto cerrado, disfruta de una excelente visibilidad y gran comodidad de acceso. Además, existe la posibilidad de habilitar una puerta lateral, aportando mayor funcionalidad para carga y descarga.~~El inmueble dispone de amplio espacio diáfano, cuarto de baño e instalación eléctrica industrial, adaptándose a múltiples tipos de actividad.~~El recinto cuenta además con zonas de aparcamiento en batería, facilitando el acceso tanto para trabajadores como para clientes.~~Una nave ideal para almacén, logística, distribución, taller o cualquier actividad industrial y comercial, en una ubicación estratégica con excelentes comunicaciones.
NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA

Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.

Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.

En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.

El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-?, más IVA del 21%.

Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.