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Descripcion
Este piso en Avenida Alcora reúne todo lo que muchos compradores buscan: comodidad, buena distribución y una ubicación práctica para el día a día.~~? Ideal como primera vivienda~En perfecto estado para entrar a vivir, cuenta con tres habitaciones dobles, salón con balcón, cocina con galería y una distribución cómoda para una familia, pareja o persona que quiera independizarse.~~? Una opción muy interesante para inversores~Su cercanía a la UJI, al centro de Castellón y a zonas con alta demanda de alquiler la convierten en una vivienda con buen atractivo para estudiantes, trabajadores o familias que buscan vivir bien conectados.~~? Mucha luz natural~Al hacer esquina, la vivienda disfruta de una gran entrada de luz en sus estancias, aportando amplitud y calidez.~~? Ubicación cómoda y bien conectada~A pocos minutos de la UJI, El Corte Inglés, comercios, centros médicos, parques, transporte y todos los servicios necesarios.~~? Confort durante todo el año~Dispone de aire acondicionado y calefacción mediante splits en el salón y en el pasillo, ayudando a mantener una temperatura agradable en la vivienda.~~? Espacios prácticos para el día a día~Tres habitaciones dobles, baño completo con ducha, salón con salida a balcón y cocina con galería: una vivienda pensada para vivirla cómodamente.~~? Una oportunidad perfecta para quienes buscan una vivienda lista para entrar a vivir o una inversión.~ En cumplimiento de las obligaciones informativas de la Ley 10/2025, de 28 de diciembre, de servicios de atención a la clientela y transparencia, y de la normativa sectorial vigente, se hace constar que el precio indicado no incluye los siguientes gastos e impuestos inherentes a la adquisición:
* Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo vigente en la Comunidad Valenciana, generalmente el 10%, sin perjuicio de los tipos reducidos aplicables por las circunstancias personales del comprador o las características del inmueble. Se devenga sobre el Valor de Referencia Catastral o el precio de venta, el que sea superior. Para información exhaustiva sobre su funcionamiento, tipos y bonificaciones, consulte el portal oficial de la Agencia Tributaria autonómica: [www.atv.gva.es/es/itpajd](http://www.atv.gva.es/es/itpajd).
* Gastos de Notaría: Honorarios calculados conforme al arancel oficial del Anexo I del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel notarial.
* Gastos de Registro: La inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el arancel oficial del Anexo I del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.
* Gastos de Gestión: Los honorarios por tramitación administrativa, liquidación de impuestos e inscripción registral, si son a cargo de la agencia inmobiliaria, ascienden a 450 ? (IVA incluido).
* Honorarios de la Agencia del Vendedor: incluidos en el precio publicado.
* Honorarios de la Agencia del Comprador: Podrían existir honorarios profesionales a cargo del adquirente si hubiera contratado previamente los servicios específicos del encargo de compra; nunca estarán vinculados al precio.
La agencia actúa exclusivamente como intermediaria. Toda compraventa y sus condiciones quedan siempre sujetas a la aceptación expresa del propietario y a la posterior formalización del contrato correspondiente. Este anuncio es meramente informativo; la información facilitada es la disponible en la fecha de publicación y puede variar por circunstancias o actualizaciones legales, contractuales y fiscales.
* Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo vigente en la Comunidad Valenciana, generalmente el 10%, sin perjuicio de los tipos reducidos aplicables por las circunstancias personales del comprador o las características del inmueble. Se devenga sobre el Valor de Referencia Catastral o el precio de venta, el que sea superior. Para información exhaustiva sobre su funcionamiento, tipos y bonificaciones, consulte el portal oficial de la Agencia Tributaria autonómica: [www.atv.gva.es/es/itpajd](http://www.atv.gva.es/es/itpajd).
* Gastos de Notaría: Honorarios calculados conforme al arancel oficial del Anexo I del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel notarial.
* Gastos de Registro: La inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el arancel oficial del Anexo I del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.
* Gastos de Gestión: Los honorarios por tramitación administrativa, liquidación de impuestos e inscripción registral, si son a cargo de la agencia inmobiliaria, ascienden a 450 ? (IVA incluido).
* Honorarios de la Agencia del Vendedor: incluidos en el precio publicado.
* Honorarios de la Agencia del Comprador: Podrían existir honorarios profesionales a cargo del adquirente si hubiera contratado previamente los servicios específicos del encargo de compra; nunca estarán vinculados al precio.
La agencia actúa exclusivamente como intermediaria. Toda compraventa y sus condiciones quedan siempre sujetas a la aceptación expresa del propietario y a la posterior formalización del contrato correspondiente. Este anuncio es meramente informativo; la información facilitada es la disponible en la fecha de publicación y puede variar por circunstancias o actualizaciones legales, contractuales y fiscales.
