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Descripcion

SUBERNA Gestió Immobiliària, comercializa este fantástico local comercial de 227 m2 construidos, situado en el Carrer Magí Colet, en el consolidado barrio de La Creu de Barberà, una zona con gran actividad comercial, rodeada de servicios y con excelentes comunicaciones.~~La planta principal ofrece un espacio prácticamente diáfano, lo que permite adaptar fácilmente la distribución a las necesidades de cualquier actividad. Además, dispone de un altillo, ideal como despacho, oficina o zona de almacenaje, y de un sótano que aporta un valioso espacio adicional para almacenamiento, archivo o soporte logístico.~~Su amplitud y distribución lo convierten en una opción ideal para comercio, oficinas, academia, centro de formación, estudio profesional, showroom, centro de servicios o cualquier actividad que requiera un espacio funcional y versátil.~~Ubicado en una de las zonas más consolidadas de Sabadell, el local disfruta de una excelente conexión con las principales vías de acceso a la ciudad y se encuentra rodeado de comercios de proximidad, supermercados, colegios, transporte público y todo tipo de servicios, lo que garantiza un flujo constante de personas y una gran comodidad tanto para clientes como para trabajadores.~~Las imágenes publicadas han sido editadas mediante inteligencia artificial con el objetivo de mostrar el potencial del inmueble una vez despejado y acondicionado. Actualmente el local se encuentra ocupado con mobiliario y enseres, por lo que su estado real puede diferir del mostrado en las fotografías.~~Una excelente oportunidad para establecer o ampliar tu negocio en una ubicación estratégica de Sabadell. Contacta con nosotros para obtener más información o concertar una visita.~~Nº AICAT 8518~Nº API 3338~Zona Tensionada: SI~Condición de gran Tenedor: NO~De conformidad con el artículo 20.1.c) del TRLGDCU y con el Real Decreto 515/1989, el precio anunciado no incluye impuestos ni gastos de la compraventa, salvo indicación expresa. Si la operación está sujeta a IVA, se aplicará el tipo vigente conforme a la Ley 37/1992 y, cuando proceda, AJD. Si la operación está sujeta a ITP, este se liquidará conforme al Real Decreto Legislativo 1/1993 y a la normativa tributaria vigente en Cataluña. Los gastos de notaría y registro se abonarán según arancel, de conformidad con el Real Decreto 1426/1989 y el Real Decreto 1427/1989. La parte compradora no asumirá los gastos que legalmente correspondan a la parte vendedora.~