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Descripcion
Presentamos este atractivo restaurante ubicado en una de las mejores zonas de Madrid, ofreciendo un local amplio y funcional con sus 100 m2. ~~Este establecimiento cuenta con una cocina completamente equipada, ideal para emprender o expandir su negocio gastronómico sin necesidad de realizar inversiones adicionales. ~~Dispone también de salida de humos y licencia vigente, lo que garantiza el cumplimiento normativo desde el primer día. ~~Su estratégica ubicación asegura un flujo constante tanto del público local como turístico, convirtiéndolo en una excelente oportunidad para aquellos interesados en la restauración. ~~Traspaso 50.000? y alquiler de 1.750?~~No deje pasar esta singular ocasión, contáctenos hoy mismo para más información.~~En cumplimiento del art.20 de la Ley General para la defensa de los consumidores y usuarios (modificado por la Ley 10/2025), se informa que el PRECIO MENSUAL OFERTADO DE RENTA DEL INMUEBLE es: 1.750? no incluye gastos e impuestos inherentes a la formalización del contrato de arrendamiento de uso distinto de vivienda, los cuales se enumeran a continuación correspondiendo al inquilino/arrendatario~~~(I) IMPUESTOS: Impuesto del Valor Añadido (IVA): El arrendador emitirá una factura mensual por la renta fijada, incrementada con la aplicación del tipo correspondiente. El tipo de IVA será, con carácter general, del 21%. ~~*Los impuestos, tasas, contribuciones y demás cargas correspondientes al negocio y/o actividad, son de exclusiva cuenta y cargo del arrendatario. ~~(II) GASTOS: Arrendador y arrendatario podrán pactar que los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan al inmueble arrendado o a sus accesorios, sean a cargo del arrendatario. Este pacto deberá constar por escrito y determinar el importe anual de dichos gastos a la fecha del contrato. Los que se individualizan por aparatos contadores serán del arrendatario. ~~(III) Honorarios de la agencia inmobiliaria: El arrendatario tendrá que abonar a la firma del contrato la factura correspondiente a una mensualidad finalmente pactada, más IVA del 21% aplicado al importe de la mensualidad.~
