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Descripcion
ALQUILAMOS LOCAL COMERCIAL~~199 m2 a nivel de calle, ideal para adaptarlo a tu gusto.~~Características destacadas:~~~- Gran espacio de 199 m2 (según Catastro - con elementos comunes): Perfecto para múltiples actividades (tienda, restaurante sin fabricación, estudio oficina, bodega de vinos, etc.)~~-Ubicación estratégica en Ibiza: Zona de alta afluencia peatonal y vehicular.~~-Versatilidad total: Un lienzo en blanco para diseñarlo como lo necesites.~~-1 baño incluido.~~Condiciones:~~- 2 meses de fianza~- 1 mes de agencia + IVA~- 3 meses de garantía de cumplimiento.~~Haz realidad tu proyecto en uno de los destinos mas exclusivos. ¡No dejes pasar esta oportunidad de crear tu negocio! ~~Para más información o visitas, ¡CONTÁCTANOS AHORA!~~En cumplimiento del art.20 de la Ley General para la defensa de los consumidores y usuarios (modificado por la Ley 10/2025), se informa que el PRECIO MENSUAL OFERTADO DE RENTA DEL INMUEBLE es: 2.400? no incluye gastos e impuestos inherentes a la formalización del contrato de arrendamiento de uso distinto de vivienda, los cuales se enumeran a continuación correspondiendo al inquilino/arrendatario~~~(I) IMPUESTOS: Impuesto del Valor Añadido (IVA): El arrendador emitirá una factura mensual por la renta fijada, incrementada con la aplicación del tipo correspondiente. El tipo de IVA será, con carácter general, del 21%. ~~*Los impuestos, tasas, contribuciones y demás cargas correspondientes al negocio y/o actividad, son de exclusiva cuenta y cargo del arrendatario. ~~(II) GASTOS: Arrendador y arrendatario podrán pactar que los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan al inmueble arrendado o a sus accesorios, sean a cargo del arrendatario. Este pacto deberá constar por escrito y determinar el importe anual de dichos gastos a la fecha del contrato. Los que se individualizan por aparatos contadores serán del arrendatario. ~~(III) Honorarios de la agencia inmobiliaria: El arrendatario tendrá que abonar a la firma del contrato la factura correspondiente a una mensualidad finalmente pactada, más IVA del 21% aplicado al importe de la mensualidad.~
