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Descripcion
Se alquilan plazas de garaje en l?Alcora, ubicadas en una zona cómoda y de fácil acceso, ideales para quienes buscan seguridad y tranquilidad para sus vehículos.~45? cada una~Características destacadas:~? Dos plazas disponibles, posibilidad de alquilar juntas o por separado.~? Buena zona de maniobra, fácil aparcamiento.~? Garaje en edificio bien conservado.~? Acceso cómodo y seguro.~? Ubicación práctica, cercana a viviendas y servicios.~~La renta indicada corresponde al importe mensual del arrendamiento.~A título informativo, se hace constar que, conforme a la normativa vigente:~? Fianza legal: una mensualidad de renta, que será depositada por el arrendador en el organismo~autonómico correspondiente.~? Garantías adicionales (si se pactan): una mensualidad de renta, sin que puedan exceder de los~límites legalmente establecidos.~? Gastos generales y suministros: IBI, Tasa de Basuras y Gastos de comunidad incluidos en la~renta.~? El presente contrato está sujeto al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP),~modalidad de TPO, siendo el arrendatario el obligado a su liquidación conforme a la normativa~vigente, puede consultar el portal oficial de la Agencia Tributaria Autonómica en el siguiente~enlace: www.atv.gva.es/es/arrendamientos~? Honorarios de intermediación inmobiliaria: a cargo del arrendador. Se informa que~eventualmente podrían existir honorarios profesionales a cargo del arrendatario, en aquellos~casos en que se hubieran contratado previamente los servicios específicos del mandato o~encargo de servicios y en ningún caso estarán vinculados al precio.~? La agencia actúa exclusivamente como intermediaria en la operación. Cualquier arrendamiento~y sus condiciones quedan sujetas en todo caso a la aceptación expresa del arrendador del~inmueble y a la posterior formalización del correspondiente contrato.~~ En cumplimiento de las obligaciones informativas de la Ley 10/2025, de 28 de diciembre, de servicios de atención a la clientela y transparencia, y de la normativa sectorial vigente, se hace constar que el precio indicado no incluye los siguientes gastos e impuestos inherentes a la adquisición:
* Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo vigente en la Comunidad Valenciana, generalmente el 10%, sin perjuicio de los tipos reducidos aplicables por las circunstancias personales del comprador o las características del inmueble. Se devenga sobre el Valor de Referencia Catastral o el precio de venta, el que sea superior. Para información exhaustiva sobre su funcionamiento, tipos y bonificaciones, consulte el portal oficial de la Agencia Tributaria autonómica: [www.atv.gva.es/es/itpajd](http://www.atv.gva.es/es/itpajd).
* Gastos de Notaría: Honorarios calculados conforme al arancel oficial del Anexo I del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel notarial.
* Gastos de Registro: La inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el arancel oficial del Anexo I del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.
* Gastos de Gestión: Los honorarios por tramitación administrativa, liquidación de impuestos e inscripción registral, si son a cargo de la agencia inmobiliaria, ascienden a 450 ? (IVA incluido).
* Honorarios de la Agencia del Vendedor: incluidos en el precio publicado.
* Honorarios de la Agencia del Comprador: Podrían existir honorarios profesionales a cargo del adquirente si hubiera contratado previamente los servicios específicos del encargo de compra; nunca estarán vinculados al precio.
La agencia actúa exclusivamente como intermediaria. Toda compraventa y sus condiciones quedan siempre sujetas a la aceptación expresa del propietario y a la posterior formalización del contrato correspondiente. Este anuncio es meramente informativo; la información facilitada es la disponible en la fecha de publicación y puede variar por circunstancias o actualizaciones legales, contractuales y fiscales.
* Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo vigente en la Comunidad Valenciana, generalmente el 10%, sin perjuicio de los tipos reducidos aplicables por las circunstancias personales del comprador o las características del inmueble. Se devenga sobre el Valor de Referencia Catastral o el precio de venta, el que sea superior. Para información exhaustiva sobre su funcionamiento, tipos y bonificaciones, consulte el portal oficial de la Agencia Tributaria autonómica: [www.atv.gva.es/es/itpajd](http://www.atv.gva.es/es/itpajd).
* Gastos de Notaría: Honorarios calculados conforme al arancel oficial del Anexo I del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel notarial.
* Gastos de Registro: La inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el arancel oficial del Anexo I del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.
* Gastos de Gestión: Los honorarios por tramitación administrativa, liquidación de impuestos e inscripción registral, si son a cargo de la agencia inmobiliaria, ascienden a 450 ? (IVA incluido).
* Honorarios de la Agencia del Vendedor: incluidos en el precio publicado.
* Honorarios de la Agencia del Comprador: Podrían existir honorarios profesionales a cargo del adquirente si hubiera contratado previamente los servicios específicos del encargo de compra; nunca estarán vinculados al precio.
La agencia actúa exclusivamente como intermediaria. Toda compraventa y sus condiciones quedan siempre sujetas a la aceptación expresa del propietario y a la posterior formalización del contrato correspondiente. Este anuncio es meramente informativo; la información facilitada es la disponible en la fecha de publicación y puede variar por circunstancias o actualizaciones legales, contractuales y fiscales.