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Descripcion
Magnífica vivienda situada en calle Tornería, en una tercera planta, ubicada en la emblemática Plaza Rafael Rivero, junto al Hotel Casa Palacio María Luisa y al histórico Hotel Palacio Garvey. Su localización es absolutamente privilegiada, situada además en plena carrera oficial de la Semana Santa, uno de los enclaves más representativos del centro histórico de Jerez.~La vivienda destaca por su amplitud y luminosidad. Se distribuye en tres amplios dormitorios, a los que se suma un dormitorio de servicio, todos ellos equipados con armarios empotrados, ofreciendo una excelente capacidad de almacenamiento. Cuenta con un gran salón-comedor muy luminoso, con salida directa a una amplia terraza desde la que se disfrutan de magníficas vistas, un auténtico privilegio en pleno centro.~~La cocina es independiente, cómoda y funcional, ideal para el día a día, y la vivienda dispone de tres baños completos, lo que aporta un extra de comodidad para familias numerosas o para quienes buscan espacios amplios y bien organizados. Además, incluye un trastero de 12 m2, perfecto para almacenaje adicional, y azotea transitable.~~Vivir en esta zona del centro histórico supone disfrutar de una calidad de vida excepcional: todos los servicios a un paso, comercios, restaurantes, transporte público y una amplia oferta cultural y social. Su entorno permite hacer vida a pie, sin necesidad de vehículo, y vivir de cerca el ambiente vibrante, histórico y único del corazón de Jerez.~~Una propiedad singular, ideal tanto como vivienda habitual como inversión, en una de las ubicaciones más demandadas y con mayor valor de la ciudad.
NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA
Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.
Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.
En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.
El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-?, más IVA del 21%.
Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.
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Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.
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Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la ulterior formalización del contrato.
