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Descripcion
¡¡ CASA VPO EN LA CARLOTA CON PATIO !!~Os presentamos vuestro nuevo hogar ubicado en La Carlota , donde la tranquilidad se encuentra asegurada, con la independencia que buscas, imagina despertar cada mañana en una casa llena de luz, rodeada de calma y con vistas despejadas? un hogar para crear recuerdos~~La vivienda se distribuye en dos plantas con patio.~~PLANTA BAJA: al entrar, te recibe un hall que nos distribuye de la siguiente manera, salón comedor independiente doble ambiente con split de frio/calor, amplia cocina totalmente amueblada y equipada con electrodomésticos ( Horno -Vitrocerámica -Campana extractora -Lavadora-Secadora-Lavavajillas -otro frigorífico extra) lista para que prepares tus recetas favoritas y aseo, lo cual nos facilita la comodidad familiar del día a día.~~En esta misma planta nos encontramos con el patio, el cual cuenta don dos cuartillos que nos da un gran desahogo diario.~~Accedemos a la parte superior a trasvés de una bonita escalera de mármol?y descubre la zona de descanso?.~~PLANTA ALTA: descubrimos los tres dormitorios diseñados para descansar y soñar, uno doble y otros dos dormitorios de buen tamaño y mucha claridad, completa la planta un baño lleno de luz, gracias a su ventana, equipado con bañera.~~Las calidades de la vivienda son Split de aire acondicionado frio/ calor, en el salón y habitación principal, acristalamiento lacados en blanco, suelo de terrazo, termo eléctrico de 120 litros.~? Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo impositivo vigente en la Comunidad Autónoma de Andalucía, generalmente el 7% (19.383?), sin perjuicio de tipos reducidos del 3,5%, 1,2% o 1% aplicables según las circunstancias personales del comprador o las características del inmueble. El impuesto se devenga sobre el Valor de Referencia de Catastro o el precio de venta, aquel que resulte superior.~? Gastos de Notaría: Los honorarios notariales se calcularán conforme al arancel oficial regulado en el Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial.~? Gastos de Registro: La inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el arancel oficial establecido en el ANEXO I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial.~? Gastos de Gestión (Gestoría): Los honorarios por la tramitación administrativa, liquidación de impuestos e inscripción registral ascienden aproximadamente a [545] ? (IVA incluido).~? Honorarios Agencia del Vendedor: incluidos en el PVP.~? Honorarios Agencia del comprador: La agencia prestará los servicios de información, asesoramiento y acompañamiento previstos en el Encargo de Servicios y en el D.I.A. Si solicita servicios adicionales o personalizados, sus honorarios serán informados previamente, de forma individualizada y por escrito, conforme a la libertad de pactos y a la normativa vigente. NO VINCULADOS AL PRECIO DE COMPRA.~Para una información exhaustiva sobre el funcionamiento, tipos impositivos y bonificaciones del ITP en Andalucía, puede consultar el portal oficial de la Agencia Tributaria de la Junta de Andalucía en el siguiente enlace:~https://www.juntadeandalucia.es/organismos/economiahaciendayfondoseuropeos/areas/tributos-juego/tributos/paginas/impuestos-cedidos-transmisiones.html;~Documento D. I. A. a disposición del consumidor según Decreto 218/2005 Junta de Andalucía.~~
