Tu Portal Online
Inicio / Propiedad / ESP-ESP-297640352010

Descripcion

Se ofrece esta vivienda de 120 m2 construidos, sobre una parcela de 98 m2, ubicada en la barriada Federico Mayo, una zona consolidada con todo tipo de servicios en sus alrededores.~La vivienda se distribuye en dos plantas. En la planta baja dispone de un dormitorio, salón, cocina, un baño y acceso a un patio trasero semicubierto. Además, cuenta con un amplio trastero, que ofrece un práctico espacio adicional de almacenamiento.~En la planta alta se encuentran dos dormitorios y un segundo baño, proporcionando una distribución cómoda y funcional para la vida familiar.~En el exterior dispone de un patio delantero cubierto y un patio trasero semicubierto, dos espacios con múltiples posibilidades de uso.~Como mejoras, destacan el alicatado reciente de la cocina y del baño de la planta baja, que aportan un aspecto más actual a ambas estancias.~Una vivienda amplia y bien distribuida, ideal para familias o para quienes buscan espacio tanto en el interior como en las zonas exteriores.~Para más información o concertar una visita, no dude en ponerse en contacto con nosotros. Gastos e Impuestos
NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA
Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.
Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.

En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.
El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-?, más IVA del 21%.
Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la formalización del contrato.