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Descripcion

NOVAFINCA comercializa la venta de este chalet único en una de las zonas más cotizadas de Barberà del Vallès, donde la tranquilidad residencial y la cercanía a todos los servicios se combinan de forma equilibrada. La vivienda está edificada sobre una parcela de 423 m2, rodeada de jardín y arbolado, que aportan privacidad y un entorno agradable durante todo el año. La vivienda, con 252 m2 construidos, ofrece espacios amplios y bien distribuidos.~En la planta baja encontramos un garaje con capacidad para dos vehículos, además de una zona ajardinada, un salón-comedor, una sala polivalente, un dormitorio y un baño, lo que permite una gran funcionalidad en el día a día.~La primera planta alberga cuatro dormitorios con salida a balcones, favoreciendo la luz natural y la ventilación. Completa esta planta un amplio salón-comedor con fuego a tierra y acceso directo a una terraza, ideal para disfrutar de momentos de descanso o reuniones en un ambiente cómodo y privado, asimismo en esta misma planta se encuentra una amplia y espaciosa cocina, y dos baños completos.~Una vivienda con carácter, espacios generosos y un entorno privilegiado, pensada para quienes valoran la tranquilidad sin renunciar a la comodidad.~Barberà del Vallès es un Municipio a tan solo unos 19 Km de Barcelona, muy bien comunicado por las Autopistas AP-7 y C-58, así como RENFE Cercanías.~Localización del Inmueble: En Ca N'Esteper. Estado del Inmueble: Buen Estado. Zona Tensionada: Sí. Condición de Gran Tenedor: No. Superficie Útil: 142,56m2 Según Cedula. Superficie Construida: 252m2 Según Catastro. Superficie Parcela: 423m2 Según Catastro. Certificación Energética Nº Z67J1YOSN / F: 304 y F: 72, válida hasta 6/4/36. Cedula de Habitabilidad: CHB02234826001, válida hasta 11/5/41. Nº Registro AICAT: 1337. Nº API: 2861. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1 del TRLDCU: Impuestos a cargo del comprador: En el caso de IVA. - al tipo vigente (Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido) En el caso de ITP. - sobre el mayor de los valores entre el precio de venta o el de referencia catastral, oscilando en función de las condiciones del comprador (Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto refundido la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados) NOTARIA Y REGISTRO: Son gastos sometidos a arancel, si bien su coste estimado puede oscilar para la notaría y el registro (Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el Arancel de los Notarios y Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el Arancel de los Registradores de la Propiedad respectivamente).