1 / 9
Descripcion
~En cumplimiento de las obligaciones de información previstas en la Ley 10/2025, de 28 de diciembre, de servicios de atención a la clientela y transparencia, así como en la normativa sectorial vigente, se hace constar que el precio indicado no incluye los gastos e impuestos inherentes a la adquisición por ser de difícil estimación, los cuales se desglosan al pie del anuncio de forma orientativa y con remisión a la normativa de aplicación.~~Descubre este fantástico ático con 2 dormitorios situado en una de las zonas más privilegiadas de la costa, junto al Club Náutico de Santa Pola y rodeado de todos los servicios necesarios para disfrutar de una cómoda vida durante todo el año..~~La vivienda destaca por su luminosidad, su excelente distribución y sus vistas al mar. Dispone de salón comedor con acceso directo a una fantástica terraza donde podrás relajarte contemplando el Mediterráneo, 2 dormitorios, cocina abierta y equipada, baño completo.~~Su ubicación es inmejorable, a pocos pasos de la playa, el puerto deportivo, restaurantes, supermercados, farmacias, transporte público, mercadillo y zonas de ocio. A tan solo 200 mt de la playa. Una oportunidad ideal tanto como residencia habitual, segunda vivienda o inversión para alquiler vacacional. ~~Características principales:~- 2 dormitorios dobles~- Amplia terraza con vistas al mar~- Salón comedor muy luminoso.~- Cocina equipada~- Excelente ubicación junto al Club Náutico~- Rodeado de todos los servicios~- A escasos metros de la playa y del puerto deportivo~~Una vivienda única para disfrutar del mar, la tranquilidad y todas las comodidades en un entorno privilegiado~~¡ No deje pasar esta oportunidad y ven a visitarlo!~~Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo impositivo vigente en la Comunidad Valenciana cuya tarifa se encuentra entre el 4% y el 11%, atendiendo a los siguientes factores: a) Circunstancias personales del comprador (edad, discapacidad, etc.); b) Calificación del inmueble (vivienda libre, vivienda protegida/pública); c) Precio de compraventa. Siendo el tipo general el 10%(*). El devengo del impuesto se realiza sobre la mayor de las dos siguientes magnitudes: Precio de compraventa o Valor de Referencia de Catastro.~Gastos de Notaría: Los honorarios notariales se calcularán conforme al arancel oficial regulado en el Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial.~Gastos de Registro: La inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el arancel oficial establecido en el Anexo I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial.~Honorarios de intermediación inmobiliaria: a cargo del vendedor.~(*) Para una información exhaustiva sobre el funcionamiento, tipos impositivos y bonificaciones del ITP en su Comunidad Autónoma, puede consultar el portal oficial de la Agencia Tributaria autonómica en el siguiente enlace: https://atv.gva.es/es/itpajd~~
