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Descripcion
Ref. 1853_ ¿Imaginas despertar cada mañana con el Mediterráneo delante? Este apartamento, ubicado en el moderno edificio Ciudad Jardín II, construido en 2023, te ofrece la oportunidad de hacerlo realidad. Situado en una 8.ª planta con orientación norte. Gracias a su altura, desde su terraza de 18 m2 podrás disfrutar de unas fantásticas vistas al mar.~~La vivienda cuenta con una distribución cómoda y funcional: 2 dormitorios, 2 cuartos de baño completos, uno de ellos en suite en el dormitorio principal, salón-comedor y cocina independiente, con galería. Se encuentra en excelente estado, lista para entrar a vivir, sin necesidad de realizar ninguna reforma.~~El precio incluye plaza de garaje en sótano y cuarto trastero, actualmente acondicionado como vestidor, un espacio extra muy práctico que aporta comodidad y capacidad de almacenamiento.~~La urbanización ofrece unas completas zonas comunes diseñadas para el disfrute de toda la familia, con piscina, zona infantil y amplios espacios ajardinados, creando un entorno tranquilo y agradable durante todo el año.~~Su ubicación es otro de sus grandes atractivos. Situado junto a la playa de Torre la Sal, dispone de excelentes comunicaciones: acceso directo por carretera, estación de tren de Oropesa del Mar a tan solo 5 km, Aeropuerto de Castellón a unos 25 minutos y Aeropuerto de Valencia aproximadamente a una hora.~~NOTA INFORMATIVA DE ATENCIÓN A LA CLIENTELA. (LEY 10/2025 de 28 de diciembre):~En cumplimiento de las obligaciones de información previstas en la Ley 10/2025, de 28 de diciembre, de servicios de atención a la Clientela y transparencia, cuyo contenido completo puede consultar en el siguiente enlace al Boletín Oficial del Estado: https://www.boe.es/eli/es/l/2025/12/26/10 se informa que el precio anunciado no incluye los impuestos, tasas y gastos derivados de la compraventa, los cuales se describen a continuación:~- Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo impositivo vigente en la Comunidad Autónoma donde esté ubicado el inmueble, en el caso de la Comunidad Valenciana, con carácter general el 10%, sin perjuicio de tipos reducidos aplicables según las circunstancias personales del Comprador o las características del inmueble. El impuesto se devenga sobre el mayor valor entre el Valor de Referencia Catastral o el precio de venta de la Escritura de Compraventa.~Para una información pormenorizada sobre tributación, tipos impositivos y bonificaciones del ITP, puede consultar el portal oficial de la Agencia Tributaria Valenciana (ATV) en el siguiente enlace: https://atv.gva.es/es/itpajd~- Gastos de Notaría: Los honorarios notariales se calcularán conforme al arancel oficial regulado en el Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial.~- Gastos de Registro: Los honorarios del Registrador de la Propiedad correspondientes a la inscripción en el Registro de la Propiedad competente se calcularán según el arancel oficial establecido en el Anexo I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.~-Tasas de expedición de Cédulas de Segunda Ocupación, tasas y/u honorarios de profesionales por expedición de boletines de instalación de agua, luz o gas, así como el coste de las altas de dichos suministros, si no estuviesen ya contratados.~- Gastos de Gestión en caso de adquisición mediante financiación hipotecaria: Los honorarios por la tramitación administrativa, liquidación de impuestos e inscripción en el Registro de la Propiedad serán calculados por la Gestoría designada por la Entidad Bancaria hipotecante de los inmuebles.~- Honorarios Agencia del Vendedor: No están incluidos en el precio de venta.~-Honorarios Agencia del Comprador: La Agencia informará al Cliente del coste de sus honorarios profesionales.~
