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Descripcion

Descubre un hogar donde el lujo se fusiona con la tranquilidad del Mediterráneo. ~Este exclusivo piso en primera línea de mar, con vistas panorámicas infinitas al azul intenso, está diseñado para quienes buscan un estilo de vida elegante, relajado y rodeado de confort. ??~~La vivienda se encuentra en una de las zonas más codiciadas de Estepona, conocida por su paseo marítimo renovado, playas amplias cuidadas y un ambiente sofisticado durante todo el año. ~A solo unos pasos encontrarás restaurantes de alta gastronomía ??, beach clubs exclusivos ?, boutiques de diseño y elegantes espacios de bienestar y deporte.~~Además, la ubicación es inmejorable:~~A pie del centro de Estepona ????~~Conexión directa con Marbella, Sotogrande y el aeropuerto de Málaga ??~~Próximo a campos de golf de prestigio mundial ?~~Acceso rápido a puertos deportivos y zonas de ocio náutico ?~~Este hogar es perfecto para quienes valoran la privacidad, el diseño contemporáneo, la calidad constructiva y las experiencias de alto nivel. Un espacio donde despertar cada día con el sonido del mar y disfrutar los atardeceres más espectaculares de la Costa del Sol. ?~~Si buscas exclusividad, comodidad y un estilo de vida privilegiado, esta propiedad es una auténtica joya. ?~~¿Listo para enamorarte? ?~~? En cumplimiento con el decreto 218-2005, queremos recordarle al cliente que los gastos notariales, registrales e impuestos aplicables (ITP o IVA + AJD), así como otros costos inherentes a la compraventa no están incluidos en el precio ?.~~Los gastos estimados son:~- ITP 7% tipo general, del precio de la vivienda.~Para tipos reducidos y actualizaciones recientes, consulte directamente organismo oficial: https://www.juntadeandalucia.es/organismos/economiahaciendayfondoseuropeos/areas/tributos-juego/tributos/paginas/impuestos-cedidos-transmisiones.html~- Gastos de Notaría: entre el 0,2% y el 0,5% del precio de la vivienda y están regulados por el Real Decreto 1426/1989.~https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1989-28111~- Gastos de Registro de la Propiedad: entre el 0,1% y el 0,3% del precio del inmueble y está regulados por el Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre de Aranceles de los Registradores de la Propiedad y sus normas generales de aplicación, modificados por el RD 1612/2011, de 14 de noviembre.~https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1989-28112~~La información proporcionada es meramente orientativa y carece de carácter vinculante; puede haber sufrido modificaciones aún no actualizadas ?.~Para obtener datos más recientes y específicos sobre esta valiosa oferta, no dude en ponerse en contacto con nosotros ?.