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Descripcion
DISPONIBLE A PARTIR DE AHORA HASTA EL 10 DE DICIEMBRE 2026!~~Y LUEGO A PARTIR DEL 01 DE FEBRERO 2027!~~Ofrecemos en alquiler un amplio y luminoso apartamento con aire acondicionado y plaza de aparcamiento, situado en un popular complejo con piscina comunitaria y ascensor, en la parte baja de Puerto Rico.~Se puede llegar a la playa a pie en 5 minutos cruzando un pequeño puente.~~La vivienda dispone de un acogedor salón-comedor con cocina integrada, completamente nueva y totalmente equipada con horno, microondas, placa vitrocerámica, lavavajillas y frigorífico con congelador.~Además cuenta con dos amplios dormitorios dobles, un baño moderno con ducha y lavadora, y una magnífica terraza de gran tamaño desde la que se disfrutan unas preciosas vistas al mar, a la playa y al puerto de Puerto Rico.~~El apartamento se encuentra en la parte baja del complejo y ofrece acceso completamente libre de escaleras, lo que garantiza una excelente comodidad y accesibilidad.~~Características principales:~?? ?2 dormitorios dobles.~?? ?1 baño con ducha.~?? ?Cocina nueva totalmente equipada.~?? ?Aire acondicionado.~?? ?Amplia terraza con vistas al mar.~?? ?Plaza de aparcamiento incluida.~?? ?Complejo con piscina y ascensor.~?? ?Acceso sin escaleras.~~Gastos: Los consumos de agua y electricidad se abonarán por separado según el consumo realizado.~~~*Visitas a la propiedad*: Todos los interesados en ver la propiedad deberán presentar un documento de identificación válido, como DNI, NIE o pasaporte, antes de la visita. Además, se requerirá que firmen una hoja de visita al ingresar a la propiedad.~~** Para reservar la propiedad será necesario el pago inicial de 1 mese de fianza (a devolver en plazos legales, después de haberle entregado la vivienda al propietario, siempre y cuando el estado de la misma sea igual que en el momento de su entrega al inquilino y que se cumpla con las condiciones del contrato del alquiler).~**La Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, fue aprobada en el Congreso el 27 de abril de 2023 y en el Senado el 18 de mayo de 2023. Entró en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE, el 26 de mayo de 2023. En su artículo 20, ubicado en el apartado 1, se establece que los gastos de gestión inmobiliaria y los de formalización del contrato serán a cargo del arrendador.~Esta normativa NO SE APLICA a los contratos de arrendamiento de uso distinto al de vivienda, como los de locales comerciales, ni a los contratos de arrendamiento por temporada. En estos casos, el arrendatario es quien asume el pago de los honorarios de la agencia, junto con el IGIC correspondiente.~**** La información sobre la propiedad está basada en posibles errores y cambios involuntarios.~
