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Descripcion

Presentamos un amplio local comercial de 193,47 m2 construidos, ideal para emprendedores y empresas que buscan una ubicación estratégica. ~~Con una impresionante fachada frontal de 21 metros y lateral de 10 metros, este espacio cuenta con siete escaparates que garantizan alta visibilidad y atracción del público. ~~Se ofrece a un precio competitivo de solo 1.800?/mes (9,30?/m2). ~~El local se encuentra en planta baja a pie de calle y está disponible en estado bruto, lo cual brinda la oportunidad perfecta para personalizarlo según las necesidades específicas del negocio. ~~Además, dispone ya de tomas preparadas para realizar conexiones esenciales como agua, luz o gas; así como salida de humos necesaria para negocios gastronómicos potenciales.~~La fianza requerida es equivalente a dos meses alquiler~~Gastos comunitarios, contributivos e impuestos o tasas no incluidos~~. No pierda esta excepcional ocasión, contáctenos hoy mismo para más información o agendar una visita!~~En cumplimiento del art.20 de la Ley General para la defensa de los consumidores y usuarios (modificado por la Ley 10/2025), se informa que el PRECIO MENSUAL OFERTADO DE RENTA DEL INMUEBLE es: 1.800? no incluye gastos e impuestos inherentes a la formalización del contrato de arrendamiento de uso distinto de vivienda, los cuales se enumeran a continuación correspondiendo al inquilino/arrendatario~~~(I) IMPUESTOS: Impuesto del Valor Añadido (IVA): El arrendador emitirá una factura mensual por la renta fijada, incrementada con la aplicación del tipo correspondiente. El tipo de IVA será, con carácter general, del 21%. ~~*Los impuestos, tasas, contribuciones y demás cargas correspondientes al negocio y/o actividad, son de exclusiva cuenta y cargo del arrendatario. ~~(II) GASTOS: Arrendador y arrendatario podrán pactar que los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan al inmueble arrendado o a sus accesorios, sean a cargo del arrendatario. Este pacto deberá constar por escrito y determinar el importe anual de dichos gastos a la fecha del contrato. Los que se individualizan por aparatos contadores serán del arrendatario. ~~(III) Honorarios de la agencia inmobiliaria: El arrendatario tendrá que abonar a la firma del contrato la factura correspondiente a una mensualidad finalmente pactada, más IVA del 21% aplicado al importe de la mensualidad.~